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1 - Procedimiento Contencioso Tributario
Sólo para aportaciones que correspondan a períodos tributarios anteriores a Julio 1999.
Plazo: 20 días hábiles contados desde el día hábil siguiente a aquél en que se notificó el acto o resolución que se reclama.
Vencido dicho plazo deberá acreditarse el pago de la totalidad de la deuda tributaria que se reclama.
Son objeto de reclamación:
* Orden de pago
* Resolución de determinación
* Resolución de multa
* Actos que tengan relación directa con la determinación de la deuda.
* Resolución expresa o ficta denegatoria de compensación y/o devolución por pagos en exceso o indebidos, en caso de tratarse de empleadores personas naturales o jurídicas.
* (Ver anexo: Procedimiento Nº 2)
Base legal:
* TUO del Codigo Tributario aprobado por D.S Nº135-99-EF Art. 23° y Capítulo I Título III Libro Tercero (19.08.99)
* D.S Nº 039-2001-EF, Art. 5º y anexo (13.03.2001)
Requisitos:
Presentar:
* Escrito fundamentado firmado por el Titular o Representante Legal de la entidad empleadora y por Abogado.
* Hoja de Información Sumaria correspondiente.
* Poder de Representante Legal vigente a la fecha de presentación (copia simple del documento público o privado con firma autenticada por el fedatario de EsSalud, o legalizada por Notario)
* En caso de reclamos parciales de Resoluciones de Determinación o Resoluciones de Multa deberá acreditarse la cancelación de la parte de la deuda tributaria no reclamada.
* Tratándose de reclamación extemporánea contra resolución de determinación o resolución de multa deberá acreditarse el pago de la totalidad de deuda tributaria o presentarse carta fianza bancaria o financiera por el monto de la deuda actualizada hasta por seis (6) meses posteriores a la fecha de la presentación del reclamo con vigencia de seis (6) meses.
* En caso de reclamación contra Ordenes de Pago, se debe acreditar el pago previo de la totalidad de la deuda tributaria actualizada hasta la fecha de pago, excepto en los casos establecidos en el segundo y tercer párrafo del art. 119° del Código Tributario.
* Documento de Identidad del titular o Representante Legal (copia simple)
Derecho de Pago:
* Gratuito
Evaluación S.A. Negativo:
* 6 meses.
Dependencia donde se inicia el trámite:
Lima y Callao:
* Oficina de Atención al Público de la Gerencia de Créditos y Cobranzas
Provincias:
* Agencias.
Autoridad que aprueba el trámite:
Lima y Callao:
* Gerente de Créditos y Cobranzas
Provincias:
* Sub Gerente de Recaudación
Autoridad que resuelve recursos impugnativos:
Lima y Provincias:
* Apelación: Tribunal Fiscal *
* EsSalud notificará al reclamante para que dentro del término de quince (15) días hábiles subsane las omisiones que pudieran existir respecto a los requisitos de admisibilidad.
Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.
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